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La pérdida de competitividad en Argentina está vinculada directamente con las distorsiones fiscales inaceptables que afectan directamente a los productores agropecuarios de nuestro país. Ello nos lleva comparar con las estructuras impositivas de Brasil y Uruguay.
En Brasil, existen exenciones y tratamientos preferenciales en la zona norte y nordeste para fomentar el desarrollo económico y atraer inversores extranjeros.
La complejidad para atender liquidaciones y presentaciones impositivas implica insumir cerca 1500 horas anuales, pero su legislación considera tratamientos adecuados para las rentas del agro.
Existe una opción de lucro presumido con una tasa del 15% sobre la ganancia del productor agropecuario considerado mediano y las contribuciones sociales son de un 12% sobre dicha presunción.
Las personas humanas dedicadas a la producción agropecuaria con mayor envergadura tributan un máximo del 27,5% sobre sus ganancias netas.
No olvidemos que Brasil es el mayor productor de granos donde el trigo, maíz y soja explican el 77% del total, siendo un 70% con semillas fiscalizadas.
Brasil otorga financiamiento subsidiado, políticas agrícolas con incentivos como no aplicar impuestos directos a fertilizantes e insumos.
Cuando corresponde reintegrar pagos en exceso a los contribuyentes, se cumple con los rembolsos ágilmente.
El equivalente al impuesto de sellos, es el impuesto municipal por compraventa de inmuebles, entre un 2% y 4%.
La carga sobre la propiedad territorial es ínfima, aunque llega al 20% para grandes extensiones ociosas.
Brasil ha iniciado este año el proceso de una relevante reforma para eliminar varios impuestos y simplificar las liquidaciones, que culminará en 2032.
Uruguay posee para productores unipersonales con menos de 1200 hectáreas e ingresos menores a U$S 380.000 anuales, un régimen opcional de impuesto por venta de bienes agropecuarios (IMEBA) con tasas del 1,5% a 2,5%.
De superar los parámetros, abonan el impuesto a la renta (IRAE) ficto cuando sus ingresos son menores a U$S 606.000 anuales y de ser sociedades anónimas su pago será sobre la renta real de ingresos menos gastos, con tasa del 25%. Las cargas sociales son del 7,5% patronal y 5% FONASA.
El impuesto al patrimonio agropecuario aplica al 0,75% y cuando excedan las 2.300 hectáreas, 1,5%,
Dicho país vecino, no tiene regímenes de información como el SISA.
Impulsan beneficios directos para cultivos transgénicos y no se aplican derechos de exportación, salvo en el caso de cueros sin procesa con un 5%.
El IVA rige en Uruguay y su tasa general es del 22%, y aplican el 10,5% en productos agropecuarios, pero sus saldos a favor son compensables.
También Uruguay está con reformas que afectarían fuertemente a las inversiones de acciones o bonos de portfolios del exterior.
En Argentina, la situación es diferente
Las empresas agropecuarias suelen desarrollar la actividad de forma unipersonal. Las tasas impositivas para determinar el impuesto a la renta comienzan en un 5% y llegan a una tasa máxima del 35%. Los titulares de las entidades del agro suelen ser familiares y disponen de la renta a través de distribución de dividendos, alcanzados con un 7% adicional.
La carga fiscal en Argentina supera con creces a la de Brasil y Uruguay, y además produce distorsiones sensibles, donde la renta final que el Estado le quita al productor es entre el 60% y 70%.
Una causa es la exigencia de valorizar los stocks a precios de plaza, obligando a pagar “ganancia por tenencia”, aunque no exista venta.
Por otra parte, el organismo fiscal sin argumentos valederos impide la actualización de los quebrantos que en actividades cíclicas como el agro, es un tremendo perjuicio.
Los productores argentinos sufren el impuesto violento a la producción, mal denominadas “retenciones” que afecta también la recaudación de las provincias.
La alícuota asimétrica del IVA destroza la renta del productor, su capital de trabajo lo incauta el Estado y es un exceso de la obligación fiscal.
Las leyes de emergencia y desastre agropecuario no resultan razonables ante las inundaciones frecuentes o sequias que sufren los productores. Se requiere una mejora absoluta de la infraestructura que debe brindar el Estado.
Además, la mayoría de las tasas municipales resultan inconstitucionales y el impuesto de ingresos brutos es otro golpe dañino al productor.
En definitiva, países como Brasil y Uruguay aplican a los productores porcentuales menores a la renta y normas diferenciales de tributación. No aplican impuestos acumulativos, ni distorsiones manifiestas como en Argentina.
La brecha impositiva atenta contra la competitividad en la región siendo indispensable una reforma integral tributaria en nuestro país fijando bases para un crecimiento económico exponencial de la Argentina.
Nota de redacción: el autor es tributarista y socio fundador SSV y Asoc.
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