Desde el 1 de diciembre, cuando se acerca la temporada de compras navideñas, el municipio de Pilar ha decidido hacer cambios en la Tasa de Protección Ambiental que deben pagar las grandes superficies, como los supermercados. Ahora, en lugar de un pago fijo, deberán abonar un 2% sobre las ventas sin IVA.
Esta decisión ha generado malestar entre las cadenas de supermercados, que planean trasladar este costo extra a los clientes. Incluso el ministro Luis Caputo expresó su descontento en redes sociales, criticando a los intendentes por aumentar impuestos en lugar de reducirlos para favorecer la competitividad de la industria.
La ordenanza en cuestión es la N°112/25, y las empresas tienen plazo hasta el 15 de diciembre para adaptarse a esta nueva normativa. Además de los supermercados, la medida también afecta a shoppings, hoteles, industrias, empresas de servicios y universidades privadas designadas como agentes de recaudación.
La cámara que representa a los supermercados mayoristas, CADAM, ha manifestado su preocupación y rechazo ante esta medida, señalando que impactará directamente en los precios que pagan los consumidores. El hecho de que no exista un mínimo no imponible significa que esta tasa se aplicará a cada compra, por pequeña que sea.
Además, otras localidades como Lanús han aumentado sus tasas, lo que ha llevado a una disputa legal con supermercados que han decidido trasladar este incremento a los clientes. Este constante aumento de impuestos municipales afecta tanto a la actividad comercial como al bolsillo de las familias.
En síntesis:
El municipio de Pilar ha decidido cambiar la Tasa de Protección Ambiental que deben pagar las grandes superficies, como los supermercados, pasando de un pago fijo a un 2% sobre las ventas sin IVA. Esta medida ha generado malestar entre las empresas y los consumidores, ya que podría impactar en los precios finales de los productos.
Preguntas frecuentes:
1. ¿Qué cambio ha implementado el municipio de Pilar en la Tasa de Protección Ambiental?
– Ahora las grandes superficies, como los supermercados, deben abonar un 2% sobre las ventas sin IVA en lugar de un pago fijo.
2. ¿Hasta cuándo tienen las empresas para adaptarse a esta nueva normativa?
– Tienen plazo hasta el 15 de diciembre para realizar los ajustes necesarios en sus sistemas de facturación.
3. ¿Por qué la cámara CADAM se ha manifestado en contra de esta medida?
– CADAM expresa su preocupación porque considera que este aumento de impuestos impactará en los precios que pagan los consumidores, sin contar con un mínimo no imponible que alivie esta carga.
Crédito de la fuente original: www.clarin.com
