Cambios en el régimen de IVA para vendedores en plataformas digitales de ARCA.

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ARCA, el organismo encargado de la recaudación de impuestos, ha implementado una nueva actualización en el régimen de IVA para las ventas que se realizan a través de plataformas digitales como Mercado Libre. Esta modificación afecta a aquellos que realizan operaciones de venta de bienes y servicios en internet de manera habitual, frecuente o reiterada.

La medida tiene como objetivo adaptar los montos, parámetros y procedimientos a la evolución del comercio electrónico, brindando mayor certeza tanto a los contribuyentes como a los operadores. La Resolución General 5794/25 establece los criterios para determinar la habitualidad de un contribuyente en este tipo de operaciones.

Anteriormente, los umbrales que clasificaban a un usuario como “habitualista” se habían quedado desactualizados, por lo que era necesario ajustarlos frente al crecimiento del comercio digital. A partir de ahora, los usuarios serán considerados “sujetos no categorizados” desde el mes siguiente en el que se compruebe su habitualidad, y dejarán de estar afectados por esta medida al inscribirse en IVA o Monotributo, o cuando cese su actividad habitual.

Para garantizar la correcta identificación tributaria, las plataformas deberán requerir el uso de CUIT, CUIL o CDI para todos los operadores sujetos al régimen. Además, las percepciones deberán ser detalladas de manera clara en las facturas.

La nueva resolución entrará en vigencia el 1 de diciembre de 2025 y aplicará a todas las operaciones electrónicas realizadas a partir de esa fecha.

En síntesis:

– ARCA ha actualizado el régimen de IVA para las ventas en plataformas digitales.
– La medida apunta a adaptarse al crecimiento del comercio electrónico y ofrecer mayor certeza a contribuyentes y operadores.
– Los usuarios serán considerados “sujetos no categorizados” si realizan operaciones de manera habitual, y dejarán de estar afectados al inscribirse en IVA o Monotributo, o al cesar su actividad habitual.

Preguntas frecuentes:

1. ¿Qué cambios ha implementado ARCA en el régimen de IVA para las plataformas digitales?
– ARCA ha actualizado los criterios para determinar la habitualidad de los contribuyentes en este tipo de operaciones.

2. ¿Qué deben hacer las plataformas para asegurar la identificación tributaria de los operadores?
– Las plataformas deben requerir el uso de CUIT, CUIL o CDI para todos los operadores sujetos al régimen.

3. ¿Cuándo entrará en vigencia la nueva resolución?
– La nueva resolución entrará en vigencia el 1 de diciembre de 2025.
Crédito de la fuente original: www.clarin.com