¡Increíble lo que le pasó a este ciudadano de Buenos Aires con Google Street View! Resulta que lo fotografiaron desnudo en su propia casa y ahora Google tendrá que pagarle una jugosa indemnización. La polémica se desató porque la imagen se viralizó y afectó la reputación del afectado, quien es policía.
La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil de la Capital Federal dictaminó que Google deberá desembolsar 3 millones de pesos más gastos operativos. El caso pone en conflicto el derecho a la privacidad y la dignidad de las personas con el acceso a la información que brinda Google Street View.
El demandante alegó que la foto violaba su intimidad y dignidad, ya que nunca autorizó la captura ni difusión de su imagen en su hogar. Por su parte, Google se defendió argumentando que la persona expuesta se expuso voluntariamente al no resguardar su intimidad adecuadamente.
La discusión sobre la responsabilidad de las plataformas como Google en proteger la privacidad de las personas es un tema candente en la era digital. A pesar de que Google difumina rostros y patentes, casos como este demuestran que aún hay riesgos y problemas que resolver en cuanto a la privacidad en línea.
En síntesis:
Google deberá indemnizar a un ciudadano de Buenos Aires por fotografiarlo desnudo en su casa con Street View. La imagen se viralizó y afectó su reputación, lo que generó un debate sobre la privacidad en línea y la responsabilidad de las empresas como Google en protegerla.
Preguntas frecuentes:
¿Por qué Google debe indemnizar al ciudadano de Buenos Aires?
Google deberá pagar una indemnización porque fotografiaron al ciudadano desnudo en su casa, lo que afectó su reputación y privacidad.
¿Qué argumentó el demandante frente a la Justicia?
El demandante alegó que la imagen constituyó una intromisión arbitraria a su intimidad y dignidad, ya que nunca autorizó la captura ni difusión de su imagen en su hogar.
¿Qué argumentó Google en su defensa?
Google argumentó que la persona expuesta se expuso voluntariamente al no resguardar adecuadamente su intimidad, y que la imagen difundida no era identificable, por lo que no causaba daño.
Crédito de la fuente original: www.clarin.com